Real licencia y facultad concedida por el Rey Carlos III al Condede Lalaing para las almadrabas del Mediterráneo
Dos volúmenes manuscritos que contienen la real licencia y confirmación de la misma expedida por Carlos III al Conde de Lalaing
Se trata de dos volúmenes manuscritos sobre fina vitela e iluminados con miniaturas en la portada y letras capitulares historiadas, que contienen la real licencia y confirmación de la misma expedida por Carlos III al Conde de Lalaing para el establecimiento de almadrabas en la costa de Tortosa y Hospitalet. La pesca mediante este sistema en la costa mediterránea fue otorgada por privilegio real al Duque de Medina Sidonia desde el siglo XII hasta finales del siglos XVIII, en que Carlos III abrió la mano a otros nobles de su corte. El primero de los manuscritos fechados en 1789 es el privilegio concedido para el término de las costas de Tortosa y se haya rubricado por la firma real del monarca y decorado con una espléndida portada alegórica a la monarquía. El segundo privilegio, fechado en 1790 es una confirmación del anterior y una ampliación de los términos de pesca que se extienden hasta Hospitalet. También se haya rubricado por el Rey y advierte el monarca la necesidad de estas actividades para el fomento de las pesquerías en España y para evitar la salida del dinero que se emplea en la compra de pescado extranjero, aumentar el consumo de la sal y perfeccionar las manufacturas de la salazón y ocupar gente de mar en la navegación y comercio.
Se trata por tanto de dos documentos de gran importancia histórica para las pesquerías de atún y otras especies del mediterráneo.